Sociedad limitada
Son sociedades de capital la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y la sociedad comanditaria por acciones. En la sociedad de responsabilidad limitada, el capital, que estará dividido en participaciones sociales, se integrará por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales (RDL 1/2010, de 2 de julio, art. 1).
Autónomo
Por regla general, se refiere a las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena (Ley 20/2007, de 11 de julio art.1). El autónomo responde frente a las deudas generadas por su negocio con todo su patrimonio personal (excepto Emprendedor de Responsabilidad Limitada). Darse alta como autónomo requiere alta en la hacienda y seguridad social e inscripción en el colegio profesional correspondiente en su caso.
Constitución de sociedades en el extranjero
Constituimos sociedades en diferentes países mediante nuestros colaboradores: Finlandia, Suecia, Estonia, Gibraltar, Irlanda, Malta etc.